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Excarabinero fue condenado por violar a niña de 13 años

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica condenó este viernes a L.F.C.P., funcionario de Carabineros a la época de los hechos, a la pena de 17 años de presidio efectivo en calidad de autor del delito consumado de violación de menor de 14 años

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Mauricio Petit Moreno (presidente), Gabriel Ormeño Valdebenito (redactor) y Ángela Stenger Reyes– condenó, además, al exuniformado a dos penas de 3 años y un día de reclusión efectiva y accesorias legales, en calidad de autor de los delitos consumados de determinar a una menor de 14 años a enviarle imágenes o grabaciones de significación sexual y producción y almacenamiento de material pornográfico en cuya elaboración haya sido utilizada una menor de 14 años, respectivamente.

Asimismo, el tribunal impuso al sentenciado las penas de interdicción del derecho de ejercer la guarda y ser oídos como parientes en los casos que la ley designa; la sujeción a la vigilancia de la autoridad durante los 10 años siguientes al cumplimiento de la pena principal; y la inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que desde una fecha indeterminada de septiembre y hasta principios de diciembre de 2024, «el acusado L.F.C.P., de 23 años, se acercó inicialmente mediante solicitudes de amistad en redes sociales y posteriormente en forma física, a la víctima (…) de 13 años, convenciéndola de que mantenía una relación sentimental con ella».

«En a lo menos dos fechas no determinadas entre septiembre de 2024 y diciembre de 2024, en un motel de la ciudad de Arica, el acusado L.F.C.P. accedió carnalmente a la víctima (…), que aún tenía 13 años de edad, oportunidades en las cuales con su propio celular filmó el acto sexual (…), luego de lo cual almacenó dichos videos en su teléfono celular», detalló la resolución. 

Finalmente, «el día 5 de diciembre de 2024, en ejecución de una orden de detención despachada en su contra, el acusado L.F.C.P., fue detenido por personal de la Policía de Investigaciones, los que procedieron, previa orden judicial, a la incautación y revisión de su teléfono celular marca Motorola, modelo G-9 Plus, pudiendo verificar que el acusado mantuvo almacenado en dicho aparato tecnológico, las fotografías y videos de connotación sexual ya señalados que la víctima le enviaba; como asimismo, el acusado también mantuvo almacenados los videos en los que aparecía la víctima siendo (…) por el acusado».

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados. 

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